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ART. 85-VIII

Artículo 85-VIII

Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.

© Fideicomiso Público para la Promoción Turística de Baja California. FITURBC