TRANSPARENCIA
Artículo 81.-Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:
Artículo 81-I.- Ver.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.
Artículo 81-II.- Ver.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o integrante de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Artículo 81-III.-Ver
Las facultades de cada área.
Artículo 81-IV.- Ver
Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos.
Artículo 81-V.-Ver
Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.
Artículo 81-VI.-Ver
Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
Artículo 81-VII.- Ver
El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
Artículo 81-VIII.- Ver
La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.
Artículo 81-IX.- Ver
Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.
Artículo 81-X.- Ver
El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
Artículo 81-XI.- Ver
Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
Artículo 81-XII.- Ver
La información en versión pública de la declaración patrimonial, declaración fiscal y declaración de intereses de todos aquellos servidores públicos que conforme a la Ley y las disposiciones aplicables en la materia, se encuentren obligado a ello.
Artículo 81-XIII.- Ver
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.
Artículo 81-XIV.-Ver
Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.
Artículo 81-XV.-Ver
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
Artículo 81-XVI.-Ver
Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Artículo 81-XVII.-Ver
La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.
Artículo 81-XVIII.-Ver
El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
Artículo 81-XIX.-Ver
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.
Artículo 81-XX.- Ver
Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.
Artículo 81-XXI.- Ver
El proyecto de presupuesto de egresos, la información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
Artículo 81-XXI-C.- Ver
Cuenta pública 2017
Artículo 81-XXII.- Ver
La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable.
Artículo 81-XXIII.- Ver
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
Artículo 81-XXIV.- Ver
Los Informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso las aclaraciones que correspondan.
Artículo 81-XXV.- Ver
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
Artículo 81-XXVI.- Ver
Los Montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Así mismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.
Artículo 81-XXVII.- Ver
Las Concesiones Contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.
Artículo 81-XXVIII.- Ver
La información sobre los resultados de adjudicación directa, invitación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados.
Artículo 81-XXIX.- Ver
Los Informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.
Artículo 81-XXX.- Ver
Las Estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.
Artículo 81-XXXI.- Ver
Informes de Avances Programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
Artículo 81-XXXII.- Ver
Padrón de Proveedores y Contratistas.
Artículo 81-XXXIII.- Ver
Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado.
Artículo 81-XXXIV.- Ver
El Inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.
Artículo 81-XXXV.- Ver
Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
Artículo 81-XXXVI.- Ver
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
Artículo 81-XXXVII.- Ver
Los mecanismos de participación ciudadana.
Artículo 81-XXXVIII.- Ver
Los Programas para la Población.
Artículo 81-XXXIX.- Ver
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.
Artículo 81-XL.-Ver
Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.
Artículo 81-XLI.-Ver
Los estudios Financiados con recursos públicos.
Artículo 81-XLII.-Ver
El Listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.
Artículo 81-XLIII.-Ver
Los Ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
Artículo 81-XLIV.-Ver
Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.
Artículo 81-XLV.-Ver
El catálogo de disposición y guía documental.
Artículo 81-XLVI.-Ver
Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.
Artículo 81-XLVII.-Ver
Solicitud de Telecomunicaciones.
Artículo 81-XLVIII.-Ver
Cualquier otra Información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el Público.
Artículo 81-I.- Ver.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.
Artículo 81-II.- Ver.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o integrante de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Artículo 81-III.-Ver
Las facultades de cada área.
Artículo 81-IV.- Ver
Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos.
Artículo 81-V.-Ver
Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.
Artículo 81-VI.-Ver
Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
Artículo 81-VII.- Ver
El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
Artículo 81-VIII.- Ver
La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.
Artículo 81-IX.- Ver
Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.
Artículo 81-X.- Ver
El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
Artículo 81-XI.- Ver
Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
Artículo 81-XII.- Ver
La información en versión pública de la declaración patrimonial, declaración fiscal y declaración de intereses de todos aquellos servidores públicos que conforme a la Ley y las disposiciones aplicables en la materia, se encuentren obligado a ello.
Artículo 81-XIII.- Ver
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.
Artículo 81-XIV.-Ver
Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.
Artículo 81-XV.-Ver
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
Artículo 81-XVI.-Ver
Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Artículo 81-XVII.-Ver
La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.
Artículo 81-XVIII.-Ver
El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
Artículo 81-XIX.-Ver
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.
Artículo 81-XX.- Ver
Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.
Artículo 81-XXI.- Ver
El proyecto de presupuesto de egresos, la información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
Artículo 81-XXI-C.- Ver
Cuenta pública 2017
Artículo 81-XXII.- Ver
La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable.
Artículo 81-XXIII.- Ver
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
Artículo 81-XXIV.- Ver
Los Informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso las aclaraciones que correspondan.
Artículo 81-XXV.- Ver
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
Artículo 81-XXVI.- Ver
Los Montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Así mismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.
Artículo 81-XXVII.- Ver
Las Concesiones Contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.
Artículo 81-XXVIII.- Ver
La información sobre los resultados de adjudicación directa, invitación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados.
Artículo 81-XXIX.- Ver
Los Informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.
Artículo 81-XXX.- Ver
Las Estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.
Artículo 81-XXXI.- Ver
Informes de Avances Programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
Artículo 81-XXXII.- Ver
Padrón de Proveedores y Contratistas.
Artículo 81-XXXIII.- Ver
Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado.
Artículo 81-XXXIV.- Ver
El Inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.
Artículo 81-XXXV.- Ver
Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
Artículo 81-XXXVI.- Ver
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
Artículo 81-XXXVII.- Ver
Los mecanismos de participación ciudadana.
Artículo 81-XXXVIII.- Ver
Los Programas para la Población.
Artículo 81-XXXIX.- Ver
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.
Artículo 81-XL.-Ver
Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.
Artículo 81-XLI.-Ver
Los estudios Financiados con recursos públicos.
Artículo 81-XLII.-Ver
El Listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.
Artículo 81-XLIII.-Ver
Los Ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
Artículo 81-XLIV.-Ver
Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.
Artículo 81-XLV.-Ver
El catálogo de disposición y guía documental.
Artículo 81-XLVI.-Ver
Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.
Artículo 81-XLVII.-Ver
Solicitud de Telecomunicaciones.
Artículo 81-XLVIII.-Ver
Cualquier otra Información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el Público.
Artículo 82.-Todos los sujetos obligados deberán publicar lo relacionado con los gastos de publicidad oficial, que deberá contener:
Artículo 82-I.-
Presupuesto aprobado por partida y ejercido;
Artículo 82-II.-
Contrato, monto y factura;
Artículo 82-III.-
Fecha de inicio y fecha de término;
Artículo 82-IV.-
Dependencia o dirección que la solicita;
Artículo 82-V.-
Tipo de medio de comunicación;
Artículo 82-VI.-
Costo por centímetro de las publicaciones impresas y por segundo o minuto según sea el caso de la difusión en medios electrónicos;
Artículo 82-VII.- Ver.
Padrón de proveedores.
Artículo 82-I.-
Presupuesto aprobado por partida y ejercido;
Artículo 82-II.-
Contrato, monto y factura;
Artículo 82-III.-
Fecha de inicio y fecha de término;
Artículo 82-IV.-
Dependencia o dirección que la solicita;
Artículo 82-V.-
Tipo de medio de comunicación;
Artículo 82-VI.-
Costo por centímetro de las publicaciones impresas y por segundo o minuto según sea el caso de la difusión en medios electrónicos;
Artículo 82-VII.- Ver.
Padrón de proveedores.
Artículo 83.-Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala:
Inciso A.-
El plan de desarrollo Institucional.
Inciso B.-
Lista de sujetos obligados en el Estado.
Inciso C.-
La relación de observaciones y resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.
Inciso D.-
Los criterios orientadores que deriven de sus resoluciones.
Inciso E.-
Las actas de las sesiones del pleno y las versiones estenográficas.
Inciso F.-
Los resultados de la evaluación al cumplimiento de la presente Ley por parte de los sujetos obligados.
Inciso G.-
Los estudios que apoyan la resolución de los recursos de revisión.
Inciso H.-
En su caso, las sentencias, ejecutorias o suspensiones judiciales que existan en contra de sus resoluciones.
Inciso I.-
El número de quejas, denuncias y recursos de revisión dirigidos a cada uno de los sujetos obligados.
Inciso A.-
El plan de desarrollo Institucional.
Inciso B.-
Lista de sujetos obligados en el Estado.
Inciso C.-
La relación de observaciones y resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.
Inciso D.-
Los criterios orientadores que deriven de sus resoluciones.
Inciso E.-
Las actas de las sesiones del pleno y las versiones estenográficas.
Inciso F.-
Los resultados de la evaluación al cumplimiento de la presente Ley por parte de los sujetos obligados.
Inciso G.-
Los estudios que apoyan la resolución de los recursos de revisión.
Inciso H.-
En su caso, las sentencias, ejecutorias o suspensiones judiciales que existan en contra de sus resoluciones.
Inciso I.-
El número de quejas, denuncias y recursos de revisión dirigidos a cada uno de los sujetos obligados.
Artículo 85.-Además de lo señalado en el artículo 81 de la presente Ley, los fideicomisos, fondos públicos, mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:
Artículo 85-I.- Ver.
El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario.
Artículo 85-II.-Ver.
La unidad administrativa responsable del fideicomiso.
Artículo 85-III.-Ver.
El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban.
Artículo 85-IV.-Ver.
El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables.
Artículo 85-V.-Ver.
Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público.
Artículo 85-VI.-Ver.
El padrón de beneficiarios, en su caso.
Artículo 85-VII.-Ver.
Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto.
Artículo 85-VIII.-Ver.
Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.
Artículo 85-I.- Ver.
El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario.
Artículo 85-II.-Ver.
La unidad administrativa responsable del fideicomiso.
Artículo 85-III.-Ver.
El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban.
Artículo 85-IV.-Ver.
El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables.
Artículo 85-V.-Ver.
Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público.
Artículo 85-VI.-Ver.
El padrón de beneficiarios, en su caso.
Artículo 85-VII.-Ver.
Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto.
Artículo 85-VIII.-Ver.
Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.
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